Arancel de Notarías 2023

Publicado el 31 Enero 2023
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Ciudad de México, a 31 de enero de 2023

La Gaceta Oficial bis del 30 de enero publicó el arancel de Notarias y Notarios de la Ciudad de México vigente durante 2023.

El arancel comprende los gastos notariales y los honorarios de los Notarios. Los primeros les permiten recuperar las erogaciones que se ven precisados a hacer para un servicio adecuado y los honorarios les retribuyen el servicio profesional que prestan.

No podrán cobrar como remuneración cantidad alguna adicional a las determinadas en este arancel, salvo aquellas que corresponda a impuestos, derechos, documentos, certificados, certificaciones, constancias, publicaciones, avalúos y demás erogaciones que efectúe el Notario por cuenta del solicitante y que sean necesarias para el otorgamiento del instrumento.

Este arancel no será aplicable cuando Notarias y Notarios presten sus servicios para atender asuntos de interés público o social, en Programas de Fomento a la Vivienda y Regularización de la Tenencia de la Tierra, o en la Jornada Notarial. En estos casos cobrarán la remuneración establecida en Ley o determinada en su caso en los convenios con las autoridades. Igualmente se estará a lo acordado entre el Colegio de Notarios y las autoridades respecto a las operaciones derivadas de campañas de testamentos para grupos específicos de atención prioritaria.

Algunos ejemplos

Testamento

Por el otorgamiento de los actos siguientes los Notarios cobrarán:

I. Por el otorgamiento de testamento en la Notaría hasta $4,704.00.

II. Por el otorgamiento de testamento fuera de la Notaría hasta $9,410.00.

III. Por el otorgamiento de documentos de voluntad anticipada hasta $1,821.00.

IV. Por el otorgamiento de tutela cautelar hasta $1,821.00.

Trámites sucesorios

Los Notarios percibirán por su intervención:

I. Por la escritura en que se haga constar la iniciación del trámite sucesorio:

a) Si se trata de una testamentaria hasta $10,625.00

b) Si se trata de una intestamentaria hasta $19,153.00. En ésta última queda incluida la información de los dos testigos.

II. Por la protocolización del inventario y avalúos, el 0.75% del valor del activo inventariado.

III. Por la escritura de adjudicación de bienes la cantidad que corresponda conforme al numeral 15 de este arancel, más el 0.50% del valor del activo adjudicado.

Operaciones traslativas de bienes o derechos

En los instrumentos en que se hagan constar operaciones traslativas de bienes o derechos, o actos jurídicos definitivos y estimables en dinero que no tengan regulación especial en este arancel, los Notarios percibirán la remuneración calculada sobre el monto de la operación. El documento presenta la tabla de costos correspondiente.

Constitución de sociedades o asociaciones civiles, sociedades mercantiles

Se señalan asimismo las cantidades sobre los instrumentos relativos a la constitución de sociedades civiles, asociaciones civiles, sociedades mercantiles y, en general, a toda clase de personas morales.

Por la protocolización de actas, de asambleas o sesiones, los Notarios percibirán por remuneración $4,358.00 si el instrumento es de hasta 8 páginas.

A la Consejería Jurídica y de Servicios Legales le corresponde la aplicación y supervisión del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia notarial, a través de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.

En caso de alguna queja sobre incumplimiento del arancel o quejas en general sobre la actividad notarial, puede presentarse en las instalaciones de esta última, en Candelaria de los Patos s/n. Col. 10 de mayo, frente al Metro Candelaria, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.